Estándares técnicos y recomendaciones nacionales de control de cumplimiento

Normativas Nacionales 

En la República Argentina, en el año 1995 el Ministerio de Salud de la Nación mediante la Resolución 202 estableció los valores de Máxima Exposición Poblacional (MEP) para las Radiaciones No Ionizantes, los cuales están por debajo de lo que con posterioridad recomendó la Organización Mundial de la Salud.

La Secretaría de Comunicaciones, a través de esta resolución adopta como norma obligatoria para los sistemas de telecomunicaciones los límites fijados por el Ministerio de Salud de la Nación.

Esta ley establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

La resolución establece que los titulares de autorizaciones de estaciones radioeléctricas de telecomunicaciones y radiodifusión deben "demostrar que las radiaciones generadas por las antenas de sus estaciones no afectan a la población en el espacio circundante a las mismas"

Con el fin de unificar criterios en el orden nacional, con especial énfasis en jurisdicciones municipales, y actuar con un procedimiento uniforme para el control de las RNI la resolución establece un "Protocolo para la evaluación de las radiaciones no ionizantes".

El protocolo es un procedimiento de medición basado en normas de organismos internacionales como la Comisión Internacional de Protección Contra Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP), la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), el Instituto de Ingenieros Electrónicos y Electricistas (IEEE) y en la experiencia de organismos reguladores como la FCC (EEUU) y ANATEL (Brasil).

El 12 de mayo de 2009 el Ministerio de Salud crea La Comisión Intersectorial Para el Estudio de Las Radiaciones No Ionizantes (CIPERNI), con el objeto de analizar las nuevas investigaciones referentes a los Campos electromagnéticos de Alta Frecuencia y Salud Pública.

La Secretaría de Comunicaciones de la Nación (SECOM), crea el Sistema Nacional de Monitoreo de las Radiaciones no Ionizantes (SINAM), cuyo objetivo será la medición de los niveles de RNI y el cumplimiento del Estándar  Nacional de Seguridad para la exposición a las radiofrecuencias.

Según la Resolución 11, el Sistema  debe estar adecuado a lo estipulado en la Recomendación UIT-T K.83 de la UIT, y se prevé que el sistema sea abierto, de manera que municipios, universidades, centros de investigación y otros organismos puedan integrarse incorporando sus propios monitores. También reconoció la necesidad de articular políticas entre los actores involucrados y su adecuada comunicación. La población tendrá acceso a los resultados de las mediciones de SINAM a través de la web de SECOM.

A los efectos de elaborar las estrategias adecuadas y desarrollar las recomendaciones necesarias para la instalación de antenas, la resolución mencionada creó el "Grupo de Trabajo para el Control Popular de las RNI" compuesto por la Comisión Nacional de Comunicaciones, la Secretaría de Medio Ambiente, la Subsecretaría de Relaciones Sanitarias e Investigación del Ministerio de Salud, la Secretaría de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior y Transporte, la Federación Argentina de Municipios, las universidades nacionales y los licenciatarios de servicios de comunicaciones móviles.

El sistema de Monitoreo Continuo desplegado por la Universidad Nacional de La Plata, cumple con los lineamientos técnicos de la Resolución N° 11/2014 de la SECOM.

Las provincias

Las provincias en consecuencia de su autonomía, facultad reservada en el art. 5° de la Constitución Nacional, regulan la materia ambiental en base a leyes que dicten sus legislaturas.

La Ley 25675 en su artículo 5° establece que los distintos niveles de gobierno integrarán en todas sus decisiones y actividades previsiones de carácter ambiental, tendientes a asegurar el cumplimiento de los principios enunciados en la presente Ley.

A modo de ejemplo mencionamos que la Provincia de Buenos Aires cuenta con una ley general del ambiente, la Ley N° 11723 que establece, conforme al artículo 28° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, la protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, a fin de preservar la vida en su sentido más amplio; asegurando a las generaciones presentes y futuras la conservación de la calidad ambiental y la diversidad biológica. A su vez el organismo ambiental de la mencionada provincia, denominado OPDS, Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, dictó en el año 2007 la resolución 144,  la cual adopta los límites de exposición para las instalaciones generadoras de campos electromagnéticos, según lo establecido en la resolución 202/95 del MSy AS de la Nación.

De igual manera otras provincias cuentan con normas específicas.

Los municipios

Los municipios no tienen potestad de regulación sobre los niveles de RNI pero si sobre temas urbanísticos y los relacionados con la obra civil. En el caso de las telecomunicaciones radioeléctricas, las estructuras que hacen al soporte de antenas, deben poseer la correspondiente autorización de Obra Civil.

Control de cumplimiento

El Organismo Nacional de Control de las Radiocomunicaciones es Ente Nacional de las Comunicaciones  (ENACOM)

Metodología de control del Estado Nacional

El Estado Nacional estableció, como se mencionó anteriormente, un protocolo de medición basado en normas internacionales. En este sentido, las operadoras de servicios de radiocomunicaciones deben realizar mediciones certificadas por un profesional competente habilitado a realizar ese tipo de tareas. El organismo de control nacional verifica el cumplimiento de la norma sobre mediciones de RNI de tres maneras:

  1. Realización de  inspecciones técnicas a los operadores de sistemas radioeléctricos verificando que se encuentren las mediciones realizadas.
     
  2. Realización de mediciones de oficio: a través del Sistema Nacional de Comprobación Técnica de Emisiones se realizan mediciones aleatorias en todo el país. Se obliga a la disminución de los niveles de RNI en caso que se superen los niveles Máximos de Exposición Permitida (MEP).
     
  3. Mediciones por demanda de la comunidad: ante casos de preocupación social y ante pedidos de la comunidad se realizan estos tipos de mediciones puntuales.

El Sistema Nacional de Comprobación Técnica de Emisiones (SNCTE)

Argentina fue uno de los primeros países en el mundo en instalar un sistema para monitorear el espectro radioeléctrico y desde 1936 a la fecha sigue realizando esa tarea en forma ininterrumpida.

El SNCTE es el sistema con que el Estado Nacional controla el espectro radioeléctrico en todas sus facetas y en particular las RNI, cuenta actualmente con 6 Centros de Comprobación Técnica, 20 Estaciones Remotas que reportan a los mismos y Unidades Móviles equipadas con modernos equipos de medición que recorren todo el territorio nacional efectuando mediciones, inspecciones y verificaciones técnicas.

Se puede observar la distribución de estos Centros de Control de Emisiones y Estaciones Remotas en la página web de la ENACOM: https://www.enacom.gob.ar/control-del-espectro_p328

Estándares técnicos y recomendaciones nacionales de control de cumplimiento

Control de las RNI. Mediciones de cumplimiento

El ENACOM recorre todo el país realizando inspecciones técnicas y mediciones de RNI para asegurar que las antenas funcionen como corresponde. En el caso de que alguna antena supere los límites de la Máxima Exposición Permitida (MEP), se intima a la empresa quien tiene la obligación de corregirla inmediatamente. El Ente Nacional ha creado un sitio web denominado Antenas Amigables con abundante información sobre las RNI y su regulación y control.
https://www.enacom.gob.ar/antenasamigables

 Equipamiento utilizado para la medición de las radiaciones no ionizantes. (RNI)

1. Analizador de campos electromagnéticos de banda ancha

Son medidores de radiación electromagnética que responden en forma uniforme e instantánea a un amplio rango de frecuencias que van desde los 300 kHz hasta los 40 GHz. Este tipo de mediciones, realizadas con equipos de Banda Ancha, se denominan de inmisión ya que el instrumento indica todas las RNI que se están recibiendo en un determinado sitio proveniente de todo tipo de fuentes emisoras, y no las que se emiten solamente desde un sistema irradiante en particular.

  • Inmisión: Radiación resultante del aporte de todas las fuentes de radiofrecuencias cuyos campos (campos electromagnéticos) están presentes en el lugar (de medición). En cursiva definición del punto 2.10. ANEXO I Resolución 3690/04.

2. Analizador de campos electromagnéticos de banda angosta

Este tipo de instrumentos miden en anchos de banda muy estrechos (por eso el nombre de Banda Angosta), con lo cual permiten medir las RNI que se emiten a una frecuencia determinada. Se utilizan para medir la emisión de una determinada fuente en un punto cercano a la misma. Por ejemplo cerca de una estación base de telefonía celular.

Sistema Nacional de Monitoreo Continuo

La Organización Mundial de la Salud en su Manual en su Manual Estableciendo un diálogo sobre los riesgos de los campos electromagnéticos establece la necesidad de controlar el riesgo y también la percepción del riesgo de la población.

Las mediciones que realiza el ENACOM indicadas arriba, permiten verificar el cumplimiento pero no disminuyen la percepción de riesgo de la población que exigen a los intendentes ordenanzas restrictivas para la instalación de antenas.

En ese sentido para disminuir  aprehensión popular a las RNI a través de la Recomendación UIT-T K.83 se  presentan las bases para la implementación de la medición continua de sistemas de emisiones electromagnéticas, para constituir una práctica común a nivel internacional para este tipo de mediciones.

Varios países de Latinoamérica utilizan este tipo de mediciones como puede observarse en el Informe sobre "Monitoreo de niveles de campo electromagnético en América Latina" realizado en 2015. A la fecha más países utilizan estos sistemas. https://www.itu.int/dms_pub/itu-t/oth/0b/11/T0B110000283301PDFS.pdf

El Sistema Nacional de Monitoreo de las Radiaciones no Ionizantes (SINAM) establecido por Resolución SECOM 11/2014 de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación (SECOM) aún no se ha establecido.

La Universidad Nacional de la Plata ha permitido la instalación de estaciones bases de telefonía móvil en varios de sus establecimientos y para garantizar el cumplimiento de de los estándares nacionales de protección de la salud ha desarrollado un Sistema de Monitorio Continuo siguiendo los lineamientos de la Resolución SECOM 11/2014.

A continuación una descripción del sistema.

Estándares técnicos y recomendaciones nacionales de control de cumplimiento
Sistema de Monitoreo Continuo

Cada equipo de monitoreo instalado, monitorea las 24 hs del día el nivel de RNI en el lugar de instalación y la envía al centro de control que la pone a disposición del ciudadano en la web del del CeSPI.

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Control popular de la web

Estándares técnicos y recomendaciones nacionales de control de cumplimiento
Visualización de la medición de una radiobase

Cliqueando en cualquiera de los puntos verdes, que indican en el mapa la ubicación de los monitores se accede a la información que envía al centro de control cada equipo instalado.

En el gráfico se observa en  la línea roja el nivel máximo establecido en la res 202/95 del ministerio de Salud de la Nación y en la línea azul el nivel de RNI que detecta el equipo instalado las 24 horas del día los 365 días del año. Esta información de fácil acceso a la ciudadanía, permite de manera sencilla, un correcto “Control Popular de las Radiaciones”.

Otros controles

Provincias: algunas provincias en el marco de las facultades que les otorga la Ley de política ambiental y sus leyes provinciales de medioambiente, también realizan controles de niveles de RNI (Por ejemplo Buenos Aires, Córdoba, Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

En muchos casos las Universidades Nacionales como la UNLP, colaboran en la realización de las mediciones

Municipios: si bien no es facultad de los municipios el control de las emisiones electromagnéticas, algunos de ellos a fin de comunicar a la población que los niveles de RNI están por debajo de los máximos permitidos generando así tranquilidad en la población y aceptación social al despliegue de antenas realizan distintos tipos de mediciones:

1. Mediciones en base a la norma CNC 3690/04. Algunos municipios han establecido en sus ordenanzas municipales la obligación de que se realicen mediciones en base a la norma mencionada.

2. Mapas de Radiación. Algunos municipios han establecido también en sus ordenanzas municipales la obligación de realizar mapas de los niveles de RNI a nivel calle. Un móvil que recorra la ciudad realizando mediciones cada segundo y con un software especialmente diseñado "pinta las calles" dando a cada nivel de RNI un color desde el azul (más bajo) hasta el rojo (nivel máximo permitido) lo que permitirá tener un panorama del nivel de RNI en toda la ciudad.

Estándares técnicos y recomendaciones nacionales de control de cumplimiento
Mapa de RNI

La combinación de los dos últimos tipos de mediciones complementan las mediciones de cumplimiento realizadas por la ENACOM y pueden ser una herramienta importante de comunicación social para los Intendentes con el objeto de disminuir la aprehensión a las antenas y gestionar la aceptación social del despliegue de infraestructura de comunicaciones.

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